Luego de sufrir más de un año de injusta detención, el fotógrafo Carlos Debiais finalmente ha podido abrazar a sus padres sin la opresión de las rejas. Su liberación, obtenida tras una ardua lucha legal, tuvo lugar el pasado lunes, 5 de junio, en lo que representa un triunfo para la justicia y los derechos humanos.
El director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), Humberto Prado, ha confirmado que Debiais fue beneficiado con la suspensión condicional de la ejecución de la pena, en consonancia con lo establecido en los artículos 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
En virtud del artículo 483, el momento que concede la suspensión condicional de la ejecución de la pena debe establecer el período del régimen de prueba, que no puede ser inferior a un año ni superior a tres, y puede imponer una o varias obligaciones.
#Venezuela Tras más de un año de su injusta detención arbitraria, finalmente el fotoreportero Carlos Debiais pudo abrazar a sus padres sin las restricciones del encarcelamiento. pic.twitter.com/1AzOoPL6iw
— Obs. V. de Prisiones (@oveprisiones) June 7, 2023
DETALLES DE LO OCURRIDO
Carlos Debiais quedó privado de libertad el 12 de noviembre de 2021 por las autoridades de la Dirección General de Contra Inteligencia Militar (DGCIM). Lo capturaron por tomar fotografías turísticas cerca de la refinería de Amuay en el estado Falcón con un dron. La acusación en su contra fue grave: terrorismo, asociación para delinquir y violación del espacio aéreo.
Sin embargo, lo que siguió fue una pesadilla para Debiais y su familia. Desapareció durante un mes, desde el 15 de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2021, y sus familiares no supieron de su paradero.
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Finalmente, apareció en los calabozos de la DGCIM de Boleíta, en el Distrito Capital. El 23 de marzo de 2022, lo trasladaron al Internado Judicial El Rodeo II. Posteriormente, el 12 de abril recibió una boleta de excarcelación que ordenaba su liberación inmediata por una suspensión condicional de la pena por un lapso de tres años.
No obstante, la orden nunca se ejecutó debido a la negativa injustificada de los directores. Estos sujetos alegaron que necesitaban una autorización de la Ministra del Servicio Penitenciario. El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) denunció que vulneraron su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 44 de la Constitución.